Cuando nos encontramos en un duro proceso de separación conyugal, siempre será aconsejable contar con los servicios de un buen abogado de divorcios que sea capaz de asesorarnos, resolvernos cualquier duda y guiarnos durante este procedimiento. La pensión de alimentos será uno de los puntos más importantes en los procesos de ruptura entre cónyuges que tengan uno o varios hijos.
Es importante que tengamos en cuenta que se entenderá por “alimentos” todo aquello que resulte indispensable para el sustento del menor (o del mayor, siempre y cuando no haya terminado su formación). Esto abarcará desde la comida, hasta el alojamiento, la ropa, la asistencia médica o la educación. Tenemos que tener presente que estos gastos también deberán cubrir un aspecto como el embarazo y el parto, siempre y cuando no estén ya cubiertos por algún otro medio.
Un buen abogado de rupturas podrá aconsejarnos de la forma más profesional sobre la pensión de alimentos. Un aspecto importante será que, si los cónyuges no llegasen a un acuerdo entre ellos, ésta vendrá impuesta por una sentencia judicial, independientemente de que estemos ante una nulidad, una separación o un divorcio.
En dicha sentencia, vendrán recogidos todos los datos para satisfacer la pensión de alimentos. Entre los más importantes se encuentra la persona que estará obligada a hacerse cargo de ella, el periodo y la forma de pago. Normalmente, para el cálculo de la cuantía se tendrá que analizar dos cuestiones igualmente importantes: los ingresos del cónyuge y las necesidades del beneficiario.
Un buen abogado de divorcios podrá explicarte que, en España, no existe ningún baremo para calcular esta cuantía, por lo que el juez podrá fijar su cuantía conforme a su criterio, siempre dentro de los márgenes que marca la ley.
Además, de forma posterior, podrá incrementarse o disminuirse en función de las necesidades o los recursos económicos. Para realizar esto, debe existir una sentencia firme de modificación de medidas, siendo imposible que uno de los cónyuges cambie la cuantía por su propia cuenta.
Por último, tenemos que tener en cuenta que la obligación a prestar la pensión de alimentos cesa en ciertas situaciones, como por ejemplo por el fallecimiento del obligado, cuando sus recursos descienden hasta tal punto que se pone en peligro su subsistencia o cuando el hijo puede ejercer una profesión u oficio.
Cualquier duda que tengamos podrá ser resuelta de forma eficaz y profesional por parte de los expertos que forman el despacho Cubero Abogados.